Mandatos sobre la usurpación y los objetos encontrados.

AL-GASBU UAL-LUQATAH

 

Usurpación es cuando alguien se apodera de los bienes o los derechos de otro por la fuerza. Es uno de los pecados graves y en el Día del Juicio será castigado severamente. Narraron del Profeta Muhammad (B.P. y Desc.) que dijo: “Si una persona usurpa una palma de tierra de otra persona, esa tierra en el Día del Juicio Final en siete capas se enrollará en su cuello”.

 

Cuestión 2551: Si una persona no deja que se usen los lugares que fueron construidos para el público, por ejemplo mezquitas, colegios o fuentes de agua, usurpando así el derecho (al uso de estos lugares públicos) es como si alguien en la mezquita tomara para sí un lugar y no permitiera usarlo a los demás.

 

Cuestión 2554: Si se reciben beneficios de algo usurpado tal beneficio pertenece al dueño del bien (Ej.: nace una cría a una cría usurpada). También si se ha usurpado una casa, aunque no se la habite se debe pagar el alquiler.

 

Cuestión 2556: Si alguien usurpa algo de un menor o un demente, debe devolverlo al tutor, y si lo pierde (destruye, etc.) debe darle la compensación (en dinero u otra cosa igual, etc.).

 

 

construct.gif (7164 bytes)